¿Qué dice la ley sobre la prescripción de las deudas en Colombia?
De acuerdo con el Código Civil las deudas, o llamadas obligaciones adquiridas , prescriben entre los 3 y 5 años, eso va a depender del tipo de acción que se deba llevar a cabo para hacerla efectiva por vía judicial (llámese cobro jurídico).
¿Por qué prescriben las deudas?
Vence cuando los acreedores , o empresas prestamistas no cobran oportunamente o existe una dejadez al pasar el tiempo sin realizar ninguna acción para su cobro.
Al prescribir la deuda, ¿Desaparece de los reportes crediticios ?
La deuda no desparece, lo que desaparece es la opción judicial de hacer el cobro.
¿Desde que fecha se podría decir que empieza a prescribir una deuda?
Una vez se está en mora, cada vez que la entidad envía una notificación, hace una llamada o contacta al deudor, empiezan a contar los 3 o 5 años.
¿Y las tarjeta de crédito?
Los títulos valores o pagarés tienen un tiempo de prescripción de 3 años.
¿Una vez que prescriben las deudas o se extingue la deuda según lo señalado, aún pueden quitarte tus bienes?
No, la prescripción de la deuda indica que ya no se puede realizar ninguna acción legal sobre el deudor.
Entonces ¿Es una buena estrategia esperar a que prescriba la deuda y no pagar?
No es una buena estrategia. De un lado es bastante improbable que las entidades, compañías de celulares, tiendas por departamento etc. dejen pasar el tiempo sin cobrar. Además estarás reportado en las centrales de riesgo y eso afectará tu vida crediticia y el acceso a otros productos financieros.
¿El reporte en rojo o negativo en las centrales de riesgo cuándo desaparece?
Por ley, la información negativa debe permanecer en tu reporte de crédito el doble del tiempo que tardaste en pagarla.
Así, si tardaste 8 meses en pagar una obligación, la información permanecerá durante 16 meses, pero si te demoraste 5 años, la información estará ahí por 4 años máximo después de pagada la deuda.
¿Las deudas se mueren cuando el deudor fallece?
No, las deudas como el patrimonio se heredan. Por ejemplo en un proceso de sucesión, los pasivos (deudas) que tiene el difunto se pagarían con los bienes que les dejó a sus herederos.
¡CUIDADO! Estafadores abundan en la internet
Ten cuidado cuando recibas una llamada o una carta referente al cobro de una deuda que hayas contraído, y dicha deuda se haya vencido hace más de tres años.
Es importante que primero consultes con un abogado, para que te de asesoría, pues es posible que no debas pagar.